La presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 322 y 353, así como, en su caso, el ingreso de la cantidad resultante del modelo de autoliquidación 353, se efectuará en los treinta días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación mensual correspondiente al mes de enero.
Se modifica, con efectos de 1 de julio de 2017, por la disposición final 2.2 de la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo. Ref. BOE-A-2017-5312
Se modifica por el art. 1.3 de la Orden HAP/1222/2014, de 9 de julio. Ref. BOE-A-2014-7469.
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