Articulo 80. Contenido de la declaracion recapitulativa.

1. En la declaracion recapitulativa se consignaran los datos de identificacion de los proveedores y adquirentes de los bienes y los prestadores y destinatarios de los servicios, asi como la base imponible total correspondiente a las operaciones efectuadas con cada uno de ellos.

Tambien deberan consignarse los datos de identificacion del empresario o profesional al que vayan destinados los bienes expedidos o transportados en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna.

Los datos contenidos en las declaraciones recapitulativas deberan rectificarse cuando se haya incurrido en errores o se hayan producido alteraciones derivadas de las circunstancias a que se refiere el articulo 80 de la Ley del Impuesto.